Condiciones Generales de Contratación para la Prestación de Servicios de Contabilidad


Versión vigente desde 01/06/2018.


1. Regulación
1.1 Las presentes Condiciones Generales regulan las relaciones comerciales entre LIMAC DEL PERÚ E.I.R.L. (en adelante, “Limac”) y sus Clientes.
1.2 Confirmar y registrar el pedido, el Cliente acepta plenamente y sin reservas estas Condiciones Generales y las condiciones particulares, cuando procedan, para cada producto o servicio contratado (en adelante el “Contrato”), primando las particulares sobre las demás, aceptando ambas partes la posibilidad de su formalización, por cualquier medio admitido en derecho, incluido el correo electrónico, la grabación telefónica, la firma digitalizada o la firma electrónica, así como que se puedan almacenar, organizar o reproducir por cualquier medio disponible.
1.3 Para todos los propósitos del presente contrato, Limac será y actuará como contratista independiente, y bajo ninguna circunstancia el presente contrato deberá interpretarse como de agencia, sociedad, empresa conjunta o empleo entre Limac y el Cliente. Limac solo es responsable por la conducta y supervisión de sus empleados y contratistas relacionados con el desarrollo de las obligaciones indicadas más adelante.


2. Identificación de Limac
2.1 Limac, actualmente y sin perjuicio de otras actividades que ahora o en el futuro pudiera realizar por sí o a través de empresas filiales o participadas, se dedica a la prestación de servicios contables a empresas.
2.2 Sus datos identificativos son los siguientes:

  • Razón social: LIMAC DEL PERÚ E.I.R.L.
  • Domicilio: Avenida El Derby 055, Torre 1 - Piso 7, Santiago de Surco
  • RUC: 20603296410

3. Cliente
3.1 Empresario, comerciante, industrial, profesional mayor de edad o persona jurídica debidamente representada que acepta íntegramente el Contrato (en adelante, el “Cliente”). La aceptación constituye el requisito indispensable para darse de alta como Cliente del servicio y registrarse en el mismo, en aquellos servicios telemáticos que así lo requieran.
3.2 No serán admitidos como Clientes los menores de dieciocho años. El Cliente declara, bajo su exclusiva responsabilidad, que tiene más de dieciocho años y que toda la información que facilite sobre sus circunstancias personales se ajusta a la realidad.
3.3 El Cliente manifiesta y garantiza que tiene facultades suficientes para suscribir la Solicitud de Aviso, por sí o cualquiera de sus agentes, representantes o factores que actúen en su nombre, y que al aceptarlo queda obligado por las presentes condiciones y términos de la Solicitud de Aviso.
3.4 El Cliente admite de manera expresa que Limac, ahora o en el futuro, pueda desarrollar actividades incluidas en cualquiera de los epígrafes o secciones de sus guías o de cualquier otro soporte, por sí o a través de filiales o participadas.


4. Función del Contrato
4.1 La función del Contrato consiste en la prestación de servicios por parte de Limac a cambio de la remuneración establecida en la cotización por parte del Cliente.


5. Pagos y Facturación
5.1 La tarifa establecida para efectos del presente contrato está detallada en la cotización.
5.2 Por su parte, el Cliente, se obliga a pagar a Limac la retribución pactada, según el monto y forma de pago señaladas en la cotización.
5.3 Limac enviará una factura o boleta de venta por el servicio solicitado por el cliente de manera mensual. Limac asumirá el costo del envío de la factura o boleta de venta correspondiente al domicilio del Cliente.
5.4 Si el servicio proporcionado es sujeto al SPOT, el Cliente es responsable por pagar la detracción o retención en caso de que el valor de la(s) factura(s) en el mes sea(n) mayor(es) de S/. 700.00 (setecientos con 00/100 Nuevos Soles), Limac asumirá el costo del recojo del comprobante de detracción o retención.
5.5 De ser necesario, Limac pagará la detracción por el cliente dentro de los primeros 5 días útiles del mes siguiente tras haber emitido la factura para evitar penalidades.
5.6 En caso de que el Cliente tenga alguna observación con respecto a algún artículo de una de las facturas, el Cliente notificará a Limac por escrito dentro de los catorce (14) días posteriores a la recepción de dicha factura, detallando sus razones. Las partes deberán discutir los artículos observados lo más pronto posible y tratar por todos los medios de resolver la discrepancia. Si Limac no recibe una observación de parte del Cliente dentro de los catorce (14) días posteriores a la recepción de la factura, la factura será considerada aceptada. En caso de controversia con respecto a la facturación, el Cliente deberá pagar todos los cargos y artículos que no estén siendo disputados.
5.7 Vencido el plazo para efectuar el pago, el Cliente cuenta con un periodo de gracia de 5 días útiles, después de los cuales el Cliente será responsable de pagar a Limac una mora diaria del 1.5% del total. Limac se reserva el derecho de suspender el servicio contable hasta que el Cliente realice el pago de las cantidades vencidas e intereses. Dicha suspensión no se interpretará como incumplimiento del presente contrato por parte de Limac. Todos los gastos en los que incurra Limac para efectos de cobranza de las cantidades vencidas correrán por cuenta del Cliente.


6. Derechos y Obligaciones de Limac
Limac se obliga a realizar las siguientes tareas:
6.1. Realizar el Registro de Compras Mensual de acuerdo a los egresos del Cliente.
6.2. Realizar el Registro de Ventas Mensual de acuerdo a los ingresos del Cliente.
6.3. Actualización y llevado de los Libros contables establecidos por Sunat.
6.4. Preparar la información mensual para la Declaración de PDT y PLAME del Cliente.
6.5. Realizar el cálculo de los impuestos que el Cliente tendrá pendiente de pago a la SUNAT.
6.6. Realizar el cálculo y pago de Detracciones.
6.7. Brindar Asesoría Contable y Soluciones ante problemáticas y controversias con SUNAT.
6.8. Brindar el servicio de Recojo de documentos necesarios para el cálculo de impuestos.


7. Derechos y obligaciones del Cliente
7.1 El Cliente se compromete a cancelar el monto convenido por las partes en los plazos y montos estipulados en la cotización, así como los intereses penalidades y gastos de cobranza, de ser el caso, que sean generados por el incumplimiento de sus obligaciones. En caso de incumplimiento, el Cliente quedará registrado en cualquier central de riesgos
7.2 Al recibir la notificación de entrega de documentación por períodos y/o facturación del servicio por parte de Limac, el Cliente deberá revisarla y notificar a Limac cualquier corrección o cambio que sea necesario dentro de un plazo de quince (15) días a partir del día de la recepción. Limac realizará los cambios sin costo alguno para el Cliente.

8. Garantía
8.1 Limac garantiza por un periodo de (01) año posterior al desarrollo del servicio contable, que (i) el servicio será desarrollado de manera profesional y competente, de acuerdo con los estándares de la industria y principalmente, de acuerdo con las especificaciones detalladas en el presente; y (ii) todos los recursos contables entregados conformará toda la información a mostrar en el Portal NEXUS.
8.2 Limac hará todo lo posible para volver a realizar, corregir o reparar cualquier inconformidad con respecto a dichos estándares de garantía del servicio que el Cliente haya notificado a Limac por escrito durante el periodo de garantía aplicable, siempre que dicho servicio no haya sido modificado ni alterado por el Cliente ni por un tercero. Si Limac no puede corregir o reparar alguna inconformidad, Limac reembolsará al Cliente en forma proporcional a la magnitud del error ocurrido.


9. Resolución de Contrato
El presente contrato quedará resuelto por cualquiera de las siguientes causas:
a. Cualquiera de las partes podrá resolverlo sin expresión de causa. Para ello, bastará que comunique tal decisión por escrito con 30 días de anticipación. Si la resolución del contrato, en este caso, la efectúa el Cliente, éste abonará a Limac la parte de los honorarios equivalente a la prestación del servicio efectivo que hubiera realizado al momento de la resolución del contrato; para tal efecto, ambas partes, de común acuerdo, determinarán el monto a pagar que en ningún caso será inferior al 50% del monto total pactado para la ejecución del servicio.
b. Por mutuo acuerdo, mediante documento escrito entre las partes contratantes.
c. Por incumplimiento de alguno o algunos de los términos y condiciones establecidos en el presente contrato, de acuerdo a lo establecido por el Código Civil, quedando a salvo el derecho de la parte afectada para demandar indemnización por daños y perjuicios.


10. Confidencialidad
Toda información del Cliente a la que Limac tenga acceso durante el plazo de vigencia del presente contrato, tendrá carácter estrictamente confidencial y, salvo que el Cliente expresamente lo autorice por escrito, no será utilizada, divulgada ni publicada por Limac. Asimismo, Limac no estará facultada para autorizar a terceros a utilizar, divulgar o publicar la información confidencial, bajo pena de asumir todos los daños y perjuicios ocasionados.
Por un período de tres (3) años desde la fecha de divulgación de la Información Confidencial aplicable (como se explica debajo), cada parte debe (i) usar la Información Confidencial de la otra parte únicamente para propósitos contemplados en el presente contrato; (ii) mantener la Información Confidencial de la otra parte en secreto y no divulgarla a ninguna tercera parte, excepto a sus subsidiarios y los empleados y contratistas de estos, quienes tienen la necesidad de conocer dicha Información Confidencial para los propósitos del presente contrato y que están vinculados con contratos escritos de confidencialidad consistentes con las provisiones de esta sección; y (iii) usar el mismo grado de cuidado que usa para proteger su propia información confidencial de una naturaleza similar, pero no menor a un estándar razonable de cuidado. El término “Información Confidencial” debe referirse a la información y materiales (en todas sus formas) descritas a continuación, los cuales son tratados como confidenciales por la parte que divulga y que de estar en forma tangible se marca como “Confidencial” o con una designación similar, o de estar en forma intangible se les identifica como confidenciales en el momento de la divulgación. En esta sección no se aplicarán las obligaciones de ninguna de las partes para que la información de la parte receptora pueda demostrar (i) que estuvo en su posesión al mismo tiempo de lo descrito a continuación y sin restricción en cuanto a la confidencialidad, (ii) que es o se vuelve generalmente disponible al público aunque ninguna infracción de esta sección por la parte receptora (iii) se haya recibido de una tercera parte sin restricción en la divulgación, o (iv) se desarrolle independientemente por la parte receptora sin usar la Información Confidencial de la otra parte. Asimismo, la parte receptora puede divulgar la Información Confidencial cuando sea necesario para cumplir con las leyes aplicables o cualquier orden gubernamental o judicial, dado que la parte receptora notifica a la parte que divulga dicha divulgación requerida, y las cooperativas con la parte divulgadora en sus esfuerzos de buscar limitar dicha divulgación u obtener una orden de protección u otro tratamiento confidencial con respecto a ello.
El incumplimiento de este acuerdo de confidencialidad se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil, quedando a salvo el derecho de la parte afectada para demandar indemnización por daños y perjuicios.


11. Solución de Controversias
Todo litigio o controversia, derivados o relacionados con este acto jurídico, serán resueltos mediante arbitraje, de conformidad con los Reglamentos Arbitrales del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad.

12. Domicilio
Para los efectos de cualquier comunicación que las partes deseen dirigirse, señalan como sus domicilios los consignados en la parte introductoria del presente documento, obligándose a notificar la una a la otra cualquier variación de los mismos con una anticipación de por lo menos 5 días hábiles.


13. Legislación Aplicable
En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas partes se someterán a lo establecido en las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.
Ambas partes declaran su conformidad con las cláusulas que anteceden, suscribiendo el presente documento, en dos ejemplares de igual tenor y valor.